La Corte aceleró una nueva causa contra la derogación de la Ley de Tierras, que podría restablecer los límites a extranjeros
La Corte Suprema aceleró el trámite de una nueva causa contra el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales, y dejó el expediente en condiciones de una nueva definición. En una resolución firmada este miércoles, el tribunal redujo de 72 a 24 horas el plazo para que quede firme la incorporación de dos conjueces, Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, «en atención a las particulares circunstancias de la causa». El expediente tiene pendiente un pedido de medida cautelar. Si prospera, podría volver a poner en vigencia, al menos de forma provisoria, las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.
Por qué se sumaron conjueces
Los integrantes de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no alcanzaron una posición común sobre cómo seguir con el caso, por lo que se sortearon conjueces. Los elegidos fueron Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Pérez Curci, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. La resolución notificó a las partes que ambos «han aceptado el cargo» y habilitó días y horas inhábiles para ese trámite.
Quiénes presentaron la causa
El expediente fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. El planteo había quedado vinculado a la causa del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, que la Corte rechazó la semana pasada por considerar que los excombatientes no tenían legitimación, sin analizar la constitucionalidad del artículo 154. Ahora, los demandantes sostienen que su situación es distinta: invocan «títulos de legitimación propios y diferentes». Su argumento no se basa en la soberanía nacional, sino en la protección ambiental, la biodiversidad y los derechos de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales.
Lo que había aclarado la Corte
Después del fallo del CECIM, la propia Corte había aclarado que esa sentencia «no supone abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154» del decreto y que no afectaba otras medidas cautelares sobre el tema en trámite en distintos tribunales. El martes, organizaciones sindicales, sociales y políticas se movilizaron frente al tribunal para rechazar el fallo que dejó vigente la derogación.
